Cualquier persona que, a día de hoy, esté intentando establecer un negocio (o lo haya establecido ya) en el centro histórico de Málaga estará al corriente de la Ordenanza Reguladora de la Ocupación de la Vía Pública, dictada por el Área de Empleo, Comercio, Industria, Vía Pública y Consumo del Excmo. Ayuntamiento de Málaga, y si el negocio es un bar con terraza y puso o piensa poner un toldo tendrá que haber prestado atención al siguiente artículo:
Artículo 21. Obligaciones
1. Quienes ocupen la vía pública con toldos están obligados a mantenerlos permanentemente en perfecto estado de decoro y limpieza, de tal manera que las instalaciones no desentonen del entorno y contribuyan, si fuera posible, a embellecer el lugar.
2. Igualmente, las instalaciones deberán adoptar las pertinentes medidas de seguridad para evitar que puedan ser causa directa o indirecta de accidentes, de los cuales únicamente sería responsable el titular de la instalación.
3. Deberá comunicarse al Excmo. Ayuntamiento, al menos con tres meses de antelación, el propósito de sustituir los elementos, por si la Corporación estimara oportuno modificar sus dimensiones u ordenar la adaptación de los mismos a determinadas características más acordes con el entorno urbanístico o estético.
Si el Plan Especial de Aprovechamiento de la zona no indica otra cosa, no se admite publicidad sobre los toldos, con la única excepción del logotipo y denominación del establecimiento que podrá figurar una sola vez y con las proporciones comprendidas entre las cantidades expresadas más abajo, con independencia de que se encuentren en suelo público y en privado manifiestamente visible desde la vía pública.
Se autorizará el anagrama o nombre del establecimiento, siempre que las dimensiones no superen unas dimensiones máximas de 50×50 cm2.
Esto dice, literalmente, el consistorio malagueño en su web
Pues bien, hace poco conocimos por medio de unos comerciantes del centro que justo al lado de la casa natal de Picasso, pintor insignia de la cultura malagueña y, por ende, piedra angular del turismo cultural -o al menos así lo vende nuestro alcalde en el extranjero- el propietario del bar allí ubicado tuvo la brillante idea de dar un toque racial al toldo de su negocio añadiendo, sobre los colores rojigualdas, el nombre del bar en letras negras de un tamaño más que considerable.
Se da la circunstancia de que, además de que Picasso se exilió en 1936 cuando se produjo el golpe de Estado fascista por su apoyo al bando republicano, justo enfrente, en el centro de la que antes del golpe de Estado se llamaba Plaza de Riego, ahora de La Merced, están enterrados el general Torrijos y sus compañeros; fusilados por rebelarse contra el poder absoluto de Fernando VII.
Dicho todo lo anterior, exigimos:
1.- Que se abra una investigación sobre quién, cómo y por qué se autorizó la instalación de un toldo que contraviene flagrantemente la ordenanza municipal y, si se da el caso, se actúe de oficio por un presunto delito de prevaricación.
2.- Que se cumpla a rajatabla el art. 32.3 de la Ley para la Memoria Histórica de Andalucía, que dice así:
En todo caso, no se considerará que concurren razones artísticas para el mantenimiento de los elementos de exaltación de la dictadura en los siguientes supuestos:
– Placas, escudos, insignias, inscripciones sobre edificios o lugares históricos.
– Alusiones que desmerezcan a la legalidad republicana y sus defensores.
– Alusiones a los participantes, instigadores y/o legitimadores de la sublevación militar de 1936 y de la dictadura franquista.
Ya que consideramos la exhibición de la bandera impuesta por el dictador un grave insulto a quienes dieron la libertad y la vida por defender el orden constitucional legalmente establecido mediante sufragio.
Animamos al Pueblo de Málaga, a las organizaciones políticas, sociales y vecinales a sumarse a nuestra demanda.
¡Viva la República!
Federación Republicanos (RPS) Málaga
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